Generalidades de la Sociedad

Introducción

En términos generales, una sociedad es un conjunto de personas que se relacionan entre sí y que, de acuerdo con normas establecidas por organismos jurídicos y consuetudinarias, comparten un mismo objetivo por un tiempo determinado.

Por otra parte, una sociedad comercial se establece por medio de un contrato o testimonio de constitución entre dos o más personas, quienes se comprometen y obligan a realizar un aporte económico y/o material para aplicarlos en el logro de un fin común, y habiendo logrado un beneficio se reparten entre ellos, pero si el resultado es una pérdida, juntos lo soportan.

Proceso de vida de una sociedad comercial

NACIMIENTO

En esta etapa, para que un grupo de personas puedan crear una empresa y ésta tenga características legales, los socios deben cumplir con todas las disposiciones legales vigentes en territorio nacional.

En una reunión previa se determina la actividad que se busca desarrollar, se establece el capital para su funcionamiento, se fija los tipos de aportes y su fecha límite de pago.

Teniendo claros los puntos anteriores, se procede a la elaboración del contrato de constitución de sociedad ante un profesional titulado y registrado para cumplir con los aspectos legales, de acuerdo con el artículo 127 del Código de Comercio donde se establece el contenido del instrumento constitutivo:

  1. Lugar y fecha de celebración del acto.
  2. Nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio y número de cédula de identidad de las personas físicas y nombre, naturaleza, nacionalidad y domicilio de las personas jurídicas que intervengan en la constitución.
  3. Razón social o denominación y domicilio de la sociedad.
  4. Objeto social, que debe ser preciso y determinado.
  5. Monto del capital social, con indicación del mínimo cuando éste sea variable.
  6. Monto del aporte efectuado por cada socio en dinero, bienes, valores o servicios y su valorización.
    • En sociedades anónimas se debe indicar el capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, valor nominal y naturaleza de la emisión y demás características de las acciones, la forma y termino en que deben pagarse.
  7. Plazo y duración de la sociedad.
  8. Formas de organización de la sociedad.
  9. Reglas para distribuir las utilidades o soportar las pérdidas. En caso de silencio, se entenderá en proporción al porcentaje de participación.
  10. Previsiones para constituir reservas.
  11. Cláusulas necesarias sobre derechos y obligaciones de socios o accionistas.
  12. Cláusulas sobre la disolución de la sociedad.
  13. Compromiso sobre jurisdicción arbitral
  14. En sociedades anónimas, época y forma de convocar a reuniones o juntas de accionistas, en sesiones ordinarias o extraordinarias.
  15. La manera de deliberar y tomar acciones en los asuntos de su competencia.

Así mismo, deberá elaborarse el poder notarial del representante legal y el Balance de Apertura de la sociedad a ser constituida.

  • Estos documentos deben ser inscritos en el Registro de Comercio (SEPREC) para obtener la Matricula de Comercio, este documento sería como nuestro certificado de nacido vivo.
  • Posteriormente se procederá a inscribir la empresa en el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) para obtener el Certificado de Inscripción de Contribuyente y el Número de Identificación Tributaria. Estos serían como nuestro certificado de nacimiento y documento de identidad.
  • Luego se procede a la inscripción en el Padrón Municipal del Gobierno Municipal donde la empresa desarrollará sus actividades, obteniendo la debida Licencia de Funcionamiento.
  • Así mismo, se deberá registrar en el Ministerio de Trabajo para la obtención del Certificado de Registro Obligatorio de Empleador.
  • También deberá inscribirse en la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo para el cumplimiento de los aportes sociales y declaración de planillas laborales.
  • Así también, deberá afiliarse como empleador a alguna de las cajas de salud existentes en el territorio nacional: Caja Nacional de Salud, Caja Petrolera, Caja Universitaria y otros.

DESARROLLO

La empresa deberá organizarse administrativamente para un adecuado funcionamiento, así como se establecerán políticas de control a medida que va creciendo.

Se debe establecer un departamento contable para cumplir con lo establecido en el Código de Comercio, el Código Tributario y otras que instruyen a llevar registros contables, libros obligatorios y necesarios.

FINALIZACIÓN

La sociedad podrá finalizar cumplido su tiempo de vida establecido en el testimonio de constitución. O por suscitarse algún siniestro o hecho indicado por ley, por lo que es obligada a disolverse dependiendo del tipo de sociedad que sea.

TIPOS DE APORTES

  • Aportes de bienes: son objetos de traslación de dominio, así que el riesgo de los mismos inicia a partir de su entrega.
  • Aportes de bienes gravados: están sometidos a la deducción del gravamen real que los afecte.
  • Aportes de derecho: son bienes no sujetos a litigio y debidamente documentados.
  • Aportes de crédito: son títulos valores que se transfieren por cesión o endoso, según su naturaleza. El socio garantiza la legitimidad del título. En caso de que el crédito no fuese pagado a su vencimiento, lo hará el socio en su totalidad en dinero o bienes equivalentes.
  • Aportes de establecimiento de comercio: para ello se debe levantar un inventario, una valuación del local comercial o un balance a la fecha de la transferencia y debe registrarse en Registro de Comercio.
  • Aportes de uso y goce de un bien: no son admisibles en las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada.
  • Aportes de trabajo o industria: debe estar estipulada, su valor no forma parte del capital. La persona que aporta con su trabajo personal o de industria, tiene derecho a recibir las ganancias de acuerdo a la proporción pactada y no soporta las pérdidas. En caso de incumplir con obligaciones puede ser separado de la sociedad, y esta última puede exigir el resarcimiento por daños y perjuicios. En sociedad anónima y sociedad de responsabilidad limitada no aplica este tipo de aporte.
  • Aportes de títulos-valores: serán aceptados hasta el valor de cotización.
  • Aportes en dinero.

Clasificación de sociedades comerciales en Bolivia

En conformidad con el artículo 126 del Código de Comercio, cualquiera sea su objeto, en territorio boliviano solo pueden constituirse en:

Las sociedades cooperativas se rigen por Ley especial, se aplica sobre ellas las prescripciones de las sociedades de responsabilidad limitada.

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